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miércoles, 9 de julio de 2008

COMPROBANTE FISCAL: EL PAGO ELECTRONICO DEL PEAJE.


escrito por Cecilia Higuera
miércoles, 09 de julio de 2008


A través de la tarjeta IAVE para el pago electrónico de casetas en la red federal de carreteras, los transportistas del país pueden obtener los comprobantes fiscales que requieren para el pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), indicó Armando Higelin, director comercial de la empresa.

Señaló que para obtener dichos comprobantes sólo se tiene que ingresar a la página de internet de IAVE y de inmediato pueden obtenerlo, por lo que, dijo, están en pláticas con la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) para que puedan utilizar dicho engomado, cuyo costo de activación es de 150 pesos. Asimismo, refirió que para incrementar el uso de este instrumento de pago electrónico entre personas particulares en la presente temporada vacacional a todos los engomados que sean adquiridos en los más de tres mil puntos de venta se les regalará el primer pago de caseta en cualquier punto del país, lo que representará una inversión de entre tres y cuatro millones de pesos.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS

REALIZARÁ EL SAT 5 MIL AUDITORIAS

escrito por José Manuel Arteaga
miércoles, 09 de julio de 2008

A través del cruce de información que realiza el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se detectó en lo que va del año a 400 mil contribuyentes omisos, de los cuales a cinco mil se les efectuará auditorías, informó Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.


El próximo Jefe del SAT dio a conocer que como resultado de cruces de información, se espera para el presente ejercicio la inscripción masiva al Registro Federal de Contribuyentes de tres millones de contribuyentes asalariados.
“En este año, para dar cumplimiento a la obligación de la Ley del IETU se inscribirán en el padrón dos millones de contribuyentes exentos del sector primario”, expuso.Informó que a fines de año estará lista la Cuenta Tributaria, con la cual los contribuyentes conocerán su situación fiscal en la página del SAT, pero solamente si cuentan con su Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
Ayer, el Senado aprobó en comisiones el nombramiento del nuevo Jefe del SAT; se espera su ratificación en la Comisión Permanente.En el segmento de conocer mejor al contribuyente, dijo que se segmentará en diferentes ramas económicas, con el fin de conocer su actividad y asignar correctamente obligaciones fiscales y darl un seguimiento histórico.
“La fiscalización debe ser efectiva, orientándose a contribuyentes que incumplen sus obligaciones tributarias”, dijo.Ante legisladores de las comisiones de Hacienda, Comunicaciones y Agricultura, informó que el SAT recibe al año 8 millones de declaraciones.
Explicó que las acciones que realiza el SAT les ayuda a detectar hacia dónde deben enfocarse las auditorías. Agregó que en el caso de los grandes contribuyentes, existen 12 mil, pero hay una planilla de 500 auditores. “No puedo auditar a los 12 mil todos los años, ni debo auditarlos, pero debo sabe a quién auditar para poder tener una percepción de riesgo”, dijo.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS

CALCULAN EN 80 DOLARES EL BARRIL PARA GASTO 2009: SHCP.

escrito por Redacción La Crónica
miércoles, 09 de julio de 2008


El gobierno de México podría proponer en su proyecto de presupuesto del 2009 un precio estimado para la mezcla mexicana de crudo de 70 a 80 dólares por barril, dijo el secretario de Hacienda, Agustín Carstens Carstens.

Para el presupuesto de 2008, el Congreso aprobó un precio estimado de 49 dólares por barril para la mezcla mexicana, que actualmente ronda los 130 dólares, en línea con la tendencia mundial. Carstens dijo en una entrevista televisiva que de acuerdo con la fórmula que usa el gobierno —que toma en cuenta el comportamiento de la mezcla mexicana del crudo en meses previos—, el precio estimado para el 2009 sería mayor al calculado para este año.

“Nos apegaríamos plenamente a la fórmula”, dijo Carstens en el programa Alebrijes, águila o sol. “Depende del día en que los calcules, pero sí está entre 70 y 80 dólares”, agregó.


POR: ROCIO IPATZI ROJAS

ISR E IVA LA PRÓXIMA REFORMA FISCAL


escrito por Felipe Morales Fredes
miércoles, 09 de julio de 2008

La integración del ISR y el IETU en un sólo gravamen y el replanteamiento del IVA, son los pasos que tendrá que dar el sistema fiscal mexicano en el mediano plazo, expresa José María Zubiría Maqueo, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

A unas horas de separarse del cargo que ocupó por cinco años, reconoce que la reforma hacendaria aprobada el año pasado por el Congreso de la Unión fue un gran logro para el país; sin embargo, ésta es sólo un elemento en la dirección correcta para construir el esquema tributario que México necesita. Por eso, explica en conversación, es muy importante dar espacio para que dichos ajustes fiscales, principalmente los nuevos impuestos, se consoliden y el próximo año "concluyan el aterrizaje".


POR: ROCIO IPATZI ROJAS

GUTIERREZ ORTIZ-MENA NUEVO ENCARGADO DEL SAT.


escrito por Marcela Ojeda Castilla
miércoles, 09 de julio de 2008

El Senado de la República aprobó en comisiones, con seis votos a favor y dos en contra, el nombramiento de Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena como nuevo jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), propuesto por el presidente Felipe Calderón, tras la renuncia de José María Zubiría Maqueo.

Este dictamen se turnó a la Comisión Permanente, a fin de que este miércoles sea votado en el Pleno del Senado, donde se espera la ratificación del nombramiento de Gutiérrez Ortiz-Mena al frente del SAT.Durante su intervención ante los miembros de la Tercera Comisión de la Comisión Permanente; Hacienda y Crédito Público; Agricultura y Fomento; Comunicaciones y Obras Públicas, el funcionario del SAT apuntó que eliminar los regímenes especiales es algo que a él en lo particular le gustaría mucho.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS.

martes, 8 de julio de 2008

DESECHAN LOS PRIMEROS AMPAROS CONTRA IETU



Un paquete de 200 amparos en contra del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) ya fueron desechados en el plano jurídico, porque no procedían.

“Ahorita sabemos que ya resolvieron como 200 asuntos donde vieron que no procedía el amparo porque no se acreditó con pruebas idóneas el perjuicio”, informó Eduardo Méndez, socio responsable del área legal de PriceWaterhouseCoopers.En México, los contribuyentes han interpuesto poco más de 33 mil amparos contra el IETU, nuevo impuesto que se cobra en el país desde el primero de enero de 2008.Al mes de mayo, el IETU tiene ingresos por 24 mil 555 millones de pesos, cifra que está por encima de lo programado por el Congreso.
Según Méndez, todos los amparos interpuestos contra el IETU serán desahogados en juzgados nuevos de Cholula, Puebla. De entrada, los jueces poblanos ya desecharon 200 asuntos de inconformidades de los contribuyentes, una vez que no solventaban perjuicios contra el contribuyente.“Todos los asuntos llegaron a Cholula, Puebla, a tres juzgados nuevos que se crearon y solamente van a revisar el IETU... llegaron los amparos de Tijuana, Ensenada, Chetumal, la ciudad de México, todos se fueron hacia Puebla”, expuso el fiscalista.
Añadió que hay tres jueces nuevos que analizan el tema del IETU con algunos secretarios de la Corte.El especialista jurídico de PriceWaterhouseCoopers, quien representa jurídicamente a algunas empresas contra el IETU, comentó que una vez que se desechen los amparos que no proceden, empezará a analizarse caso por caso.Herbert Bettinger, socio legal de Ernest & Young, aseguró que en los amparos interpuestos contra el IETU se tenía que solventar con precisión la afectación directa que tendría el contribuyente, porque los “machotes” como los del pasado no funcionaban.
De acuerdo con la Subprocuraduría Fiscal de la Federación, su personal atiende 22 mil amparos mensuales; la última cifra de litigios que tenía era de 42 mil 352 juicios activos.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS.

SHCP: PESO LABORAL FRENA A PEMEX.



Considera que esto afecta en la calificación internacional que tiene la empresa petrolera.El excesivo pasivo laboral en Pemex es la causa fundamental por la cual la empresa petrolera es penalizada por calificadoras internacionales, sostiene la Secretaría de Hacienda.

Los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (Pidiregas) no son el lastre, argumenta la dependencia.Esteban Levín, director de finanzas de Pemex, plantea que la empresa enfrenta un cuantioso pasivo laboral que se estimó en 528 mil millones de pesos al cierre de 2007, cuando en 2002, el pasivo alcanzaba 265 mil millones de pesos.“Al no estar fondeado crece con velocidad. Si bien, esta problemática no es exclusiva de la empresa, toda vez que atañe a la totalidad del sector público, constituye uno de los principales desafíos para el futuro del organismo”, expone el funcionario.

El economista del Centro de Investigación y Docencia Económica, Alejandro Villagómez, añade que entre 2000 y 2007 se observó un aumento anual promedio real de 4.2% en el costo de la mano de obra, 8.4% en el pago de pensiones y 2.9% en otros gastos de operación.Agregó que en 2007, las erogaciones para cubrir los pasivos laborales representaron 30% de la nómina de los trabajadores en activo, “pero la mayor preocupación no esta en su gasto actual, sino en su trayectoria explosiva futura, ya que se estima este pasivo contingente en un monto superior a 5% del PIB”.

Al respecto, Hacienda plantea: “se ha dicho que las calificaciones están penalizando a Pemex por los Pidiregas, no es por eso, la penalización es por el exceso de pasivos laborales. Es tal el pasivo laboral que las calificadoras no penalizan a los Pidiregas, porque están bien evaluados y tienen valor presente neto positivo y abonan a favor de la empresa”.El académico Juan Manuel Romero, dijo que de 96 centavos de pasivo que financian cada peso en activo, cerca de 40 corresponden al laboral.

Un informe entregado al Senado expone que los Pidiregas sirvieron para aumentar la inversión en Pemex, en épocas de vacas flacas.“Por muchos años, el presupuesto de la federación hizo muchas transferencias a Pemex que no fueron suficientes y se tuvieron que complementar con los Pidiregas, este ha sido una papel muy bueno que se ha seguido”, expuso Hacienda.De acuerdo con Pemex, tan solo el costo laboral de la empresa por pensiones y primas de antigüedad se pasó 2 mil 294 millones de pesos en 2003 a 9 mil 168 millones en 2007.

En su participación en el Foro de la Reforma Energética, el ex-director de Pemex, Adrián Lajous, expresó: “el sindicato ha logrado apropiarse directamente de una parte de la renta económica del petróleo con remuneraciones y prestaciones generosas”.


POR : ROCIO IPATZI ROJAS.

domingo, 6 de julio de 2008

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO


En vigor a partir de julio.


El IDE es un impuesto que se aplica a los depósitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de 25,000 pesos.Esta nueva ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2007.


Qué es y cómo se calcula el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE)


El IDE es un impuesto que se aplica al importe excedente de 25,000 pesos en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones del sistema financiero, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes.El impuesto se calcula multiplicando el importe que excede de 25,000 pesos por la tasa de 2%.También debe pagarse el impuesto de 2% por adquirir cheques de caja en efectivo sin importar el monto.


Quiénes están obligados al pago


Las personas físicas y morales por el importe excedente de 25,000 pesos en los depósitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.Las personas físicas y las morales que adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto.


No están obligadas al pago


La Federación, entidades federativas y municipios
Las entidades de la administración pública paraestatal que estén consideradas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta
Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta
Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras
Las personas físicas y morales por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias, abiertas con motivo de los créditos que les hayan sido otorgados por instituciones del sistema financiero, hasta por el monto adeudado a dichas instituciones.


Cómo se paga


El impuesto será recaudado por las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión, entre otras) en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes.
Las citadas instituciones deberán entregar el IDE que recauden a la Tesorería de la Federación a más tardar el día hábil bancario siguiente a aquel en que realicen la recaudación.
Cuando no existan fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras harán la recaudación en el momento en que se realice algún depósito durante el año en cualquiera de las cuentas que tenga el contribuyente en la institución que corresponda.


Fecha en que se debe pagar el IDE


El pago se realiza el último día del mes de que se trate salvo en depósitos a plazo cuyo monto individual exceda de $ 25,000.00 en los cuales se debe recaudar el impuesto en el momento en que se realicen dichos depósitos.Las instituciones financieras pueden recaudar el impuesto el día del corte de la cuenta en la que se hayan realizado los depósitos o, a falta de fondos, indistintamente de cualquiera de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente en la institución de que se trate.En el caso de adquisición de cheques de caja la recaudación del impuesto se realizara en el momento de dicha adquisición y sobre el monto pagado en efectivo.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS.
PARA MAYOR INFORMACION VISISTA LA PAGINA DEL SAT www.sat.gob.mx

IETU

Quiénes lo deben pagar o declarar
Las personas físicas que:


Presten servicios profesionales
Renten bienes inmuebles
Realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.
Las personas morales que sean sujetos del impuesto sobre la renta, tales como sociedades mercantiles, sociedades civiles, sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, entre otras.

Qué tasa del impuesto se aplica y sobre qué base

Para calcular el IETU, los contribuyentes deberán considerar la totalidad de los ingresos obtenidos efectivamente en un ejercicio menos las deducciones autorizadas del mismo periodo, y al resultado aplicar la tasa de 16.5% en 2008; de 17% en 2009, y de 17.5% a partir de 2010.

En qué fecha se paga o declara

Se deben efectuar pagos provisionales y declaración anual en las mismas fechas que el impuesto sobre la renta. Entra en vigor a partir de enero de 2008, por lo que el primer pago debe realizarse a más tardar el 17 de febrero del mismo año.

Cómo se paga o declara

Se debe declarar y pagar, en su caso, en los mismos medios que se declara o se paga el impuesto sobre la renta, es decir, por Internet o en la ventanilla bancaria según corresponda.

Presentación de información mensual al SAT
Una vez efectuado el pago provisional del IETU, se debe enviar al SAT mensualmente a través de Internet y mediante archivo electrónico el listado de conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto, señalando el número de operación proporcionado por el banco en donde se efectuó el pago y la fecha en que se realizó.Ver listado completo de conceptos

Quiénes no están obligados a pagarlo ni a declararlo
No están obligados a declarar ni a pagar el impuesto empresarial a tasa única la mayoría de las personas que no están obligadas al pago del impuesto sobre la renta, como son, entre otras:
Los asalariados
Las dependencias de gobierno
Los partidos políticos y sindicatos
Las personas autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta
Las cámaras de comercio e industria, y las agrupaciones de profesionales
Las personas con actividades agropecuarias, ganaderas o silvícolas hasta por los límites que se encuentran exentos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y siempre que dichas personas estén inscritas en el RFC.

Deducciones autorizadas para calcular el IETU
Los contribuyentes que se encuentren obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única, podrán disminuir de sus ingresos obtenidos, las siguientes deducciones:
Erogaciones por la adquisición de bienes, de servicios independientes o por uso o goce temporal de bienes, o para la administración, producción, comercialización y distribución de bienes y servicios.
Las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México (erogaciones no deducibles).
El impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditarlos
Las contribuciones a cargo de terceros pagadas en México cuando formen parte de la contraprestación excepto el ISR retenido o de las aportaciones de seguridad social.
Erogaciones por aprovechamientos, explotación de bienes de dominio público, por la prestación de un servicio público sujeto a una concesión o permiso, siempre que sean deducibles para ISR.
Las inversiones nuevas que sean deducibles para el IETU adquiridas en el periodo del 1 de septiembre al 31 de diciembre del 2007, hasta por el monto de la contraprestación efectivamente pagada por estas inversiones en el citado periodo. El monto se deducirá en una tercera parte en cada ejercicio fiscal a partir de 2008, hasta agotarlo.
Las devoluciones de bienes que se reciban, de los descuentos o bonificaciones que se hagan, así como de los depósitos o anticipos que se devuelvan siempre que los ingresos de las operaciones que les dieron origen hayan estado afectos al IETU.

PARA MAYOR INFORMACION VISITA LA PAGINA DEL SAT
POR: ROCIO IPATZI ROJAS

EL IDE NO APLICA A LOS PAGOS HIPOTECARIOS.

A diferencia de los demás intermediarios financieros, el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE) no se aplica en el caso de las entidades financieras especializadas como las Sociedades Financiera de Objeto Limitado y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofoles y Sofomes), debido a que no captan recursos de los clientes, aseguró Mario Sandoval, presidente de la Asociación Mexicana de Entidades Financieras Especializadas (AMFE).

En entrevista mencionó que el nuevo gravamen no prevé a los clientes de esas organizaciones cuando paguen los créditos contraídos.
POR: ROCIO IPATZI ROJAS.